Con el objetivo de preservar el patrimonio arquitectónico de la ciudad, la Municipalidad Provincial de Arequipa recuerda que la colocación de propaganda electoral en el Centro Histórico se encuentra estrictamente prohibida en espacios públicos, fachadas patrimoniales y zona monumental. La normativa vigente limita la instalación de logotipos y denominaciones partidarias exclusivamente a los locales oficiales que cuenten con la autorización expresa de la comuna.
Respecto a la realización de reuniones proselitistas o mítines, la autoridad municipal enfatizó que estas actividades están prohibidas en el corazón del Centro Histórico. Únicamente se han habilitado dos puntos autorizados para concentraciones políticas: la Plaza España y la Avenida Tacna y Arica (Cercado). Ningún otro espacio de la zona monumental cuenta con permiso para tales fines.

Para el uso de estos dos lugares, las organizaciones políticas deben cumplir con los siguientes requisitos documentarios:
• Solicitud formal dirigida al alcalde provincial.
• Resumen detallado de la actividad a realizarse.
• Croquis del desplazamiento o recorrido previsto.
• Presentación de la evaluación de Condiciones de Seguridad en Espectáculos (ECSE), emitida por la subgerencia de Gestión de Riesgos de Desastres.
El incumplimiento de esta disposición o el uso de espacios públicos no autorizados conlleva sanciones pecuniarias severas, con multas que podrían alcanzar hasta una Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
En cuanto a la identificación de las sedes políticas, el Arquitecto Gabriel Ramiro Damiani Lazo, gerente del Centro Histórico y Zona Monumental, precisó que solo se permite exhibir el logotipo y la denominación de la organización, sin incluir imágenes de candidatos. Es fundamental resaltar que las medidas de los logotipos o letreros dependen de la ubicación del local, por lo que las dimensiones varían.
Las especificaciones técnicas se encuentran establecidas en el artículo 12 de la Ordenanza Municipal 1124-2018.
Para la obtención del permiso de anuncio, los partidos deben presentar ante Mesa de Partes:
• Solicitud dirigida al alcalde.
• Formulario de calificación de anuncio.
• Autorización del propietario del inmueble o contrato de alquiler vigente.
• CD con el fotomontaje del letrero en la fachada.
Finalmente, se recuerda que la regulación se sustenta en las Ordenanzas Municipales N.° 1124-2018 y N.° 1363-2025, las cuales establecen el marco sancionador para proteger la integridad visual y estructural del área de amortiguamiento y la zona monumental de la ciudad.

















